Obligación Alimenticia | Pensión Alimenticia
Estos son algunos puntos que debes saber si estás pensando no cumplir con la obligación alimenticia | Pensión alimenticia.
Nuestra legislación Penal contempla:
- A quien incumpla con su obligación de dar alimentos a las personas que tienen derecho a recibirlos, se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión y de cincuenta a cuatrocientos días multa.
- A quien renuncie a su empleo o solicite licencia sin goce de sueldo y sea éste el único medio de obtener ingresos o se coloque en estado de insolvencia, con el objeto de eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias que la ley determina, se le impondrá pena de prisión de uno a cuatro años y de doscientos a quinientos días multa, suspensión de los derechos de familia y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente.
INFORME ACERCA DE LOS INGRESOS PARA SUMINISTRAR ALIMENTOS
- Se impondrá pena de seis meses a cuatro años de prisión y de doscientos a quinientos días multa a aquellas personas que obligadas a informar acerca de los ingresos de quienes deban cumplir con las obligaciones.
- Para el caso de que la persona legitimada para ello otorgue el perdón, sólo procederá si el imputado o sentenciado paga todas las cantidades que hubiere dejado de proporcionar por concepto de alimentos.
- Si la omisión en el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, ocurre en desacato de una resolución judicial, las sanciones se incrementarán en una mitad.
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¿Cómo solicito sus servicios?
Si usted tiene algún problema legal relacionado con alguna de nuestras especialidades (materia familiar, civil, penal, laboral, mercantil, o administrativa), le recomendamos hacer una llamada a cualquiera de nuestros teléfonos o llenar el formulario y nosotros nos pondremos en contacto con usted lo más pronto posible, para poder identificar el tipo de asunto que es de su interés y ver cual es la mejor manera de apoyarlo.
¿Cómo es la Asesoría?
Una vez que nos comuniquemos con usted, le preguntaremos de forma breve algunos antecedentes sobre el problema legal. Además le pediremos algunos datos para brindarle el servicio adecuado, y plantearle las alternativas y estrategias legales para ayudarle a resolver su problema.
¿Qué pasa después de la Asesoría?
Puesto que cada conflicto legal tiene sus particularidades, al finalizar la asesoría su abogado le indicará de manera transparente los procesos, sus etapas o instancias, la documentación que requiere de usted, la documentación que ha de elaborar, los honorarios establecidos, así como la duración estimada de los trámites y ante qué autoridades se presentarán, con la finalidad de poder resolver satisfactoriamente su problemática.